12 de diciembre de 2020

¿Cuáles son los requisitos de ingresos para el visado de matrimonio?

La mayoría de la gente sabe que un ciudadano estadounidense o residente permanente puede patrocinar a su cónyuge para obtener una Tarjeta Verde. Pero no todo el mundo sabe que hay algunas restricciones. Una de ellas son los ingresos: el patrocinador debe reunir unos ingresos específicos. El gobierno de EE.UU. exige que usted, como patrocinador, sea responsable económicamente de su cónyuge. Esto garantiza que su cónyuge no tenga que depender de la ayuda del gobierno para sobrevivir. Por lo tanto, el gobierno quiere estar seguro de que, como patrocinador, usted está en condiciones de mantener a su cónyuge en caso necesario. Como patrocinador, debe presentar el formulario I-864, Declaración jurada de apoyo, en el que facilita información sobre sus ingresos y se compromete a apoyar económicamente a su cónyuge en caso necesario. Aunque los requisitos de ingresos no son especialmente elevados, están fuera del alcance de ciertas personas, especialmente las que trabajan en empleos con el salario mínimo. Afortunadamente, los patrocinadores que tienen problemas para cumplir estos requisitos de ingresos pueden utilizar los ingresos de otros miembros de la familia, los patrocinadores conjuntos y los bienes para alcanzar el umbral financiero mínimo. 

Requisitos de ingresos mínimos anuales

Requisitos de ingresos para visados se basan en tres factores principales: dónde vive, el número de personas que viven en su hogar y si es o no militar.

La mayoría de las personas deben tener unos ingresos de al menos el 125% del nivel de pobreza para el tamaño de su hogar. El umbral del nivel de pobreza es más alto en Alaska y Hawai que en los otros 48 estados debido al mayor coste de la vida en esos estados. No hay diferencia en el nivel de pobreza definitivo dentro de los 48 estados contiguos, aunque el coste de la vida en un lugar como San Francisco va a ser mucho más alto de lo que sería en un lugar como el Mississippi rural. Los ingresos mínimos para un hogar de dos personas (usted y su cónyuge) en EE.UU. continental son de 21.550 dólares. Esa cifra aumenta a 24.787 dólares en Hawai y a 26.937 dólares en Alaska. El requisito de ingresos mínimos se basa en el número de personas por hogar, por lo que la cantidad mínima para una familia de ocho personas en los 48 estados más bajos es de 55.150 dólares.

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Diferencias entre militares y requisitos de ingresos

La ley de inmigración prevé ayudas específicas para miembros en servicio activo de las fuerzas armadas, incluidos los requisitos de ingresos para los patrocinadores de la Tarjeta Verde. Si eres militar, sólo tienes que tener unos ingresos del 100% del nivel federal de pobreza, por lo que la cantidad mínima baja a 17.240 dólares para una familia de dos miembros y sube a 44.120 dólares para una familia de ocho miembros. Al igual que ocurre con los requisitos de ingresos para los no militares, existe un umbral de ingresos más elevado para los patrocinadores militares que viven en Alaska y Hawai, de 21.550 y 19.830 dólares, respectivamente.

¿Pueden computarse otros ingresos para cumplir el requisito?

Sus ingresos se contabilizan como cualquier cantidad que se considere sus "ingresos totales" en su declaración de la renta. Este importe incluye sueldos, salarios, prestaciones de jubilación, pensión alimenticia, manutención de los hijos e ingresos procedentes de inversiones. También hay circunstancias en las que puede contar los ingresos de otros miembros adultos del hogar, los patrocinadores conjuntos ajenos a su hogar, los ingresos de su cónyuge y sus bienes para cumplir los requisitos.

Ingresos de otros miembros adultos del hogar

Si usted no gana lo suficiente para apadrinar a su cónyuge por sí solo, puede combinar sus ingresos con los de otros miembros adultos del hogar, como sus hermanos, padres e hijos, para cumplir los requisitos mínimos. Sin embargo, deben indicar que están dispuestos a contribuir con estos ingresos para mantener a su cónyuge en caso necesario. Lo hacen presentando el impreso I-864A, Contrato entre el patrocinador y el miembro del hogar.

hombre con un billete de un dólar, ByN

Ingresos procedentes de otras personas ajenas al hogar

Supongamos que no gana lo suficiente para apadrinar a su cónyuge en función de sus ingresos y que recurrir a otros miembros adultos del hogar no es una opción. En el caso de que sus ingresos no sean suficientes para cumplir los requisitos o no estén dispuestos a convertirse en padrinos, puede utilizar un padrino conjunto. No es necesario que sea un miembro de la familia, pero debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente. También tendrán que cumplir los requisitos de ingresos por sí solos. A diferencia de utilizar los ingresos de otros miembros del hogar, no se le permite combinar sus ingresos con los de un patrocinador conjunto para cumplir los requisitos de ingresos mínimos. Los patrocinadores conjuntos deben presentar su formulario I-864 .

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Rentas extranjeras por requisitos

En la mayoría de los casos, los ingresos obtenidos en el extranjero no pueden utilizarse para cumplir los requisitos de ingresos. Hay algunas excepciones a esta regla. Se le permitirá contabilizar los ingresos obtenidos en el extranjero si puede demostrar que va a seguir trabajando a distancia en EE.UU., que tiene previsto ser trasladado de una oficina de una empresa en el extranjero a otra en EE.UU. o que ha aceptado un trabajo en EE.UU. que cumple los requisitos mínimos.

Activos aptos más allá de los ingresos para los requisitos

Otra opción si no cumple los requisitos de ingresos mínimos es contar sus bienes o los de otros miembros de la unidad familiar. Los activos aceptables incluyen su casa, coche e inversiones como acciones, bonos y ahorros. Los activos deben ser líquidos para poder optar a la ayuda, lo que significa que podrá convertirlos en efectivo en el plazo de un año sin sufrir dificultades o pérdidas económicas considerables. También puede contabilizar los bienes de su cónyuge, incluidas las inversiones en el extranjero. Sin embargo, los activos extranjeros deben tener un valor al menos cinco veces superior al importe del déficit. Por ejemplo, usted no tiene más personas en su hogar, no es militar y vive en el territorio continental de EE.UU. con unos ingresos de 20.000 $, y su cónyuge tiene activos en el extranjero. Para que puedan compensar el déficit de ingresos de 1550 $, los bienes deben valer al menos 7750 $.

Bandera estadounidense ondeando frente a un cielo azul

Nueva norma sobre cargas públicas 

En febrero de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS ) comenzó a aplicar la nueva Regla de Carga Pública. Esta norma amplió significativamente la definición y los factores de carga pública. Con esta nueva definición, el DHS es capaz de utilizar la edad de una persona, los ingresos, el nivel de educación, el uso previo de los beneficios disponibles y otros factores socioeconómicos para afirmar el hecho de que una persona puede convertirse en una carga pública. Los solicitantes de un permiso de residencia en EE.UU. están ahora obligados a presentar el engorroso formulario I-944 "Declaración de autosuficiencia" junto con sus solicitudes de ajuste de estatus. 

Desde febrero de 2020, la nueva Regla de Carga Pública ha sido objeto de litigio en varios tribunales federales, y este litigio sigue pendiente (en noviembre de 2020). Actualmente (Nov. 2020), la regla de carga pública es implementada por USCIS y se requiere el formulario I-944. Sin embargo, se desconoce el futuro de la misma, y podría ser eliminada por completo en 2021 por la administración Biden.  

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Resumen

Dependiendo de sus circunstancias individuales, cumplir los requisitos de ingresos para apadrinar a su cónyuge puede ser bastante sencillo o bastante complejo. Un buen abogado de inmigración puede ayudarle a navegar por este proceso y a determinar la mejor manera de demostrar que cumple los requisitos de ingresos si esa vía no es algo que le resulte evidente.

En Brudner Lawtenemos una amplia experiencia ayudando a las familias a navegar por el patrocinio financiero y otros procesos de Green Card. Vea cómo podemos ayudarle con su situación de inmigración poniéndose en contacto con nosotros aquí¡!

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