9 de abril de 2019

Acabo de obtener la nacionalidad, ¿qué pasa con mis hijos menores?

Uno de los requisitos para solicitar la nacionalidad estadounidense es tener al menos 18 años. Esto significa que los adultos pueden optar a la naturalización, pero sus hijos menores no. ¿Qué ocurre con la situación migratoria de su hijo menor si usted obtiene la nacionalidad? Usted debe discutir sus circunstancias específicas con un abogado de inmigración en el Condado de Orange inmediatamente.

DerivadaCiudadanía para sus hijos

La Ley de Ciudadanía Infantil de 2000 permite a los menores de 18 años obtener la nacionalidad en determinadas circunstancias. Deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • El hijo es residente legal permanente con tarjeta verde
  • Uno de los progenitores (como mínimo) es ciudadano de EE.UU. por naturalización o nacimiento
  • El menor vive en EE.UU. bajo la custodia física y legal del progenitor ciudadano

En esta situación, el hijo recibirá automáticamente la nacionalidad sin necesidad de presentar una solicitud formal. Si recibe la nacionalidad mientras vive con su hijo en EE.UU., su hijo también debería recibir la nacionalidad.

Certificado de ciudadanía

El gobierno no emitirá ningún documento formal sobre el estatus de ciudadanía de su hijo tras su naturalización, sino que su hijo deberá demostrar que tiene derecho a la ciudadanía y seguir el proceso adecuado para obtener una prueba de su nacionalidad, llamada Certificado de Ciudadanía. Esto incluye llenar y presentar el formulario N-600, junto con las tasas de presentación necesarias y todas las pruebas pertinentes de su reclamo de ciudadanía.Usted no debe dudar en discutir este proceso con un abogado de inmigración del Condado de Orange que puede asegurar que todos los pasos necesarios se toman para que su hijo reciba su Certificado de Ciudadanía.

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